1. DEL ORGANIZADOR
IÚNIGO ARGENTINA CIA DE SEGUROS S.A, CUIT 30-71180297-1, Inscripción en SSN N° 0823, (en adelante, «iúnigo»), con domicilio en la calle Vedia 3892, piso 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha organizado la promoción denominada «PROGRAMA FLEX» (en adelante «EL PROGRAMA”) con el objeto de otorgar una bonificación por un uso menor comprobable que hagan los clientes de su vehículo. El PROGRAMA FLEX no se halla sujeto a intervención del azar. Asimismo, la adhesión al PROGRAMA implica el conocimiento y la aceptación de estas bases y condiciones (en adelante, las «BASES»). Todos los aspectos relativos a las condiciones de participación, vigencia, duración, funcionamiento del sorteo, se regirán por lo aquí dispuesto.
2. ÁMBITO TEMPORAL Y ESPACIAL
2.1 El PROGRAMA FLEX es válido en todo el territorio AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires, República Argentina). La vigencia se extiende desde el 27/08/2020 hasta el 01/09/2021, en las condiciones que se detallan a continuación (en adelante, la «VIGENCIA»). Las extensión del programa será oportunamente informado al asegurado mediante la actualización de estas bases y condiciones.
3. CLIENTES ALCANZADOS POR EL PROGRAMA
3.1 Los nuevos clientes que contraten un Plan Iúnigo Más para su vehículo podrán ser elegidos para ingresar al PROGRAMA FLEX.
3.2 Las personas seleccionadas deben ser personas físicas, mayores de 18 años de edad, con capacidad para contratar y acreditar residencia o domicilio dentro del territorio argentino.
3.3. El PROGRAMA FLEX sólo es acumulable para clientes beneficiados por el PROGRAMA de REFERIDOS. En caso de referir, el cliente sólo podrá referir el seguro, no así el PROGRAMA FLEX.
4. MECÁNICA DE INGRESO AL PROGRAMA.
4.1 Descuento inicial: los clientes de iúnigo que hayan contratado el Plan iúnigo MÁS y sean seleccionados para ingresar al PROGRAMA FLEX obtienen un descuento del 30% sobre su cuota mensual, durante los primeros tres meses. Durante este período, el cliente debe enviar las fotos de su odómetro en las condiciones establecidas en el punto 4.3.
4.2 Descuentos de acuerdo al uso. Una vez que el período inicial de tres meses termina, se analizan las fotos que aportó el cliente al momento de la inspección (inicio) y al finalizar el trimestre (3° mes). Esas fotos permiten calcular el nivel de uso diario promedio del vehículo, tras lo cual el asegurado podrá disfrutar de descuentos parciales de su cuota mensual, por los siguientes 3 meses. El porcentaje se aplica en la refacturación trimestral y no es canjeable en dinero. El tope mensual máximo de descuento en todos los casos es del 35% del valor total del plan (si el vehículo directamente no fuera utilizado por el cliente). La tarifa no será bonificada y no será aplicable el PROGRAMA en ese período, en caso que el cliente supere los mil kilómetros (1000) promedio mensual del uso de su vehículo, debiendo abonar la cuota con normalidad. La cobertura contratada no será modificada o reducida en ningún caso.
4.2. Envío de fotos. Para pertenecer al Programa, el cliente debe enviar dos fotos del tablero del vehículo asegurado, que permitan constatar los números del odómetro al iniciar y al finalizar el trimestre, en los plazos y de la forma que se describe a continuación:
Primer trimestre: el envío inicial será al momento de la autoinspección previa obligatoria y antes de finalizar el tercer mes de contrato. Específicamente entre los 25 (veinticinco) y los 15 (quince) días previos a la finalización del trimestre.
Segundo trimestre y subsiguientes: a partir del segundo trimestre, ya no es necesario enviar una foto al inicio. Antes de que finalice el período de tres meses, el cliente debe remitir por el canal que iúnigo determine una foto que permita constatar el número de kilómetros expresados en el odómetro. Tal como fue explicitado en el párrafo anterior, los plazos previstos para el envío será entre los 25 (veinticinco) y los 15 (quince) días previos a que eso suceda. Le serán recordados los plazos al cliente mediante notificaciones por la App y/o por correo electrónico. Adicionalmente, deberá rellenar un formulario a través de la App dónde consienta el kilometraje observado por la compañía. El proceso se repetirá todos los trimestres bajo las mismas condiciones, mientras dure el otorgamiento del PROGRAMA. En todos los casos, su eficacia dependerá del correcto envío y recepción de las fotos. Surtirá los efectos jurídicos de un acto recepticio. iúnigo se reserva el derecho de evaluar y verificar la procedencia del PROGRAMA recién luego de recibir las fotos.
4.3. Las fotos deberán posibilitar la medición y cálculo de la diferencia existente entre el kilometraje inicial y final de cada trimestre.
4.4. Las imágenes mencionadas en el apartado anterior deberán mostrar el odómetro con claridad. Deberán tener suficiente nitidez y luminosidad para ser tomadas como prueba, a los fines de determinar la correcta medición sobre la distancia recorrida en el período del que se trate.
4.5. Imposibilidad del envío de fotos. Si por cualquier motivo el cliente no puede enviar sus fotos o las mismas no resultan suficientes, a los fines de conservar el PROGRAMA, iúnigo se reserva el derecho de pedirle al cliente que a través de la App envíe la foto de una nota manuscrita donde explique los motivos que justifican su situación. Este proceso reviste carácter excepcional y no podrá utilizarse más de una vez. La nota surtirá los efectos de una declaración jurada y no podrá ser rectificada. Al trimestre siguiente, el cliente sólo podrá mantener su PROGRAMA mediante el envío de fotos.
4.6. La bonificación se determinará en función de la diferencia entre el kilometraje de inicio del período y el de la foto subsiguiente. El cliente lo verá reflejado en las 3 cuotas inmediatas posteriores. El descuento sólo se percibe en las cuotas del seguro, no es canjeable por dinero o por beneficios distintos a los contenidos en las presentes bases.
4.8. El PROGRAMA mantiene la cobertura contratada durante todo el período. Su otorgamiento no implica bajo ninguna circunstancia la transformación, renovación, refacturación y/o modificación alguna en las condiciones y obligaciones convenidas en la póliza original.
4.9. La veracidad de la información transmitida por el cliente a iúnigo será de entera responsabilidad de los mismos. Transmitirla falsamente o incompleta se considerará como un incumplimiento en los términos de uso, reservándose iúnigo el derecho a cancelar la prestación de sus servicios y a dar por terminado anticipadamente el presente PROGRAMA y/o el contrato de seguro, sin responsabilidad alguna para iúnigo.
4.10 Los clientes que no reporten su odómetro en los tiempos especificados en el apartado 4.2, imposibilita el cálculo de la bonificación, y en consecuencia habilita automáticamente a iúnigo para el cobro del monto total de la cuota de manera habitual, perdiendo el PROGRAMA para ese período.
4.11. Para calcular la bonificación iúnigo partirá de un kilometraje mensual promedio esperado por vehículo de 1000 (mil kilómetros). Si el vehículo llegara a usarse más de 1000 kilómetros promedio por mes, la tarifa no será modificada debido al uso, y no existirá descuento pendiente de aplicar en el trimestre siguiente.
4.12. El PROGRAMA procede siempre que se hubiere emitido la póliza correspondiente, y el cliente hubiere finalizado con éxito la inspección previa obligatoria de su vehículo, a través de la App o de manera presencial.
5. EXCLUSIONES
5.1 Quedan excluidos del PROGRAMA aquellos clientes que:
i) hayan contratado un plan distinto a iúnigo Más.
ii) Hayan contratado un plan iúnigo Más y hubieran dado de baja el mismo dentro de los 30 treinta días contados desde el inicio de vigencia de la póliza.
iii) No hayan enviado las fotos de su tablero y/o odómetro en el tiempo, con excepción de lo establecido en la cláusula 4.5: “Imposibilidad del envío de fotos”.
iv) Cuando ante la imposibilidad de enviar fotos, no hubiese enviado a modo de excepción, la declaración jurada a través de la App mencionada en el punto 4.5 de las presentes Bases y Condiciones.
v) Al tiempo de solicitar el PROGRAMA, no cuentan con su inspección previa aprobada.
vi) Cambio de la cobertura contratada. El presente PROGRAMA sólo aplica al Plan iúnigo Más, no podrá conservarse en caso de elegir un plan distinto.
vii) Cuando registren un retraso en el pago de sus cuotas superiores a 30 días.
5.2. Sin perjuicio de lo expuesto, iúnigo se reserva el derecho de elegir a los clientes a que podrán acceder al PROGRAMA.
5.3. El PROGRAMA no resulta combinable con otros descuentos existentes, canjeable por dinero ni tampoco acumulable con otras promociones y/o iniciativas vigentes, salvo lo dispuesto en el punto 3.3.
6.TRATAMIENTO DE DATOS. ACEPTACIÓN DE BASES Y CONDICIONES.
iúnigo tiene conocimiento de la Ley N° 25.326 y normativa complementaria y se compromete a cumplir con la misma. La participación en el PROGRAMA FLEX implica que el CLIENTE presta su consentimiento, en los términos exigidos por la Ley 25.326, para que los datos proporcionados sean objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad de IÚNIGO ARGENTINA CIA DE SEGUROS S.A., aceptando que tales datos sean utilizados por EL ORGANIZADOR y sus eventuales cesionarios, para acciones de marketing directo y/o fines publicitarios. El titular de los datos podrá requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
7. FACULTADES DE IÚNIGO
7.1. El incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las condiciones previstas en estas BASES y en la legislación vigente, facultará a iúnigo a excluirlo automáticamente del PROGRAMA FLEX y/o a denegar el PROGRAMA.
7.2. Las declaraciones falsas o reticencias de circunstancias conocidas por el Asegurado aun incurridas de buena fe, producen la nulidad del contrato en las condiciones establecidas por el artículo 5 y correlativos de la póliza.
7.3 Por todo aquello no contemplado en la póliza, iúnigo se reserva el derecho de rescindir unilateralmente el contrato en caso de declaración falsa o toda reticencia de circunstancias conocidas por el asegurado, aun hechas de buena fe, que a juicio de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones si iúnigo hubiese sido cerciorado del verdadero estado del riesgo.
7.4. iúnigo se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que estime procedentes en el caso de detectar alguna irregularidad o hecho ilícito con relación al desenvolvimiento del CLIENTE en relación con estas BASES.
8.CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR
8.1 Cuando circunstancias no imputables a iúnigo, o ante episodios configurados o asimilables a caso fortuito o de fuerza mayor debidamente justificado, o si el PROGRAMA se tornase excesivamente oneroso para iúnigo, tendrá derecho a suspender y/o modificar el PROGRAMA.
9. DISPOSICIONES FINALES
9.1. Cualquier duda sobre el alcance del PROGRAMA podrá ser realizada por cualquier canal de comunicación habilitado por iúnigo en la póliza, especialmente al teléfono 011-4171-4211, de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 hs.
9.2. No podrán participar del PROGRAMA empleados, ni directivos de iúnigo, ni de sus sociedades controladas o vinculadas, ni los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días anteriores al de la fecha de comienzo del PROGRAMA.
10. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
10.1 Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del PROGRAMA y/o de las previsiones de estas BASES, los CLIENTES y iúnigo se someterán a la ley de la República Argentina y a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Comerciales con asiento en la ciudad de Buenos Aires.
11. DOMICILIOS
11.1 Para todos los efectos emergentes del PROGRAMA FLEX, iúnigo constituye domicilio en la calle Vedia 3892, piso 1°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los clientes en los domicilios declarados oportunamente, que se hayan consignados en la PÓLIZA.
11.2 En dichos domicilios serán válidas y eficaces todas las notificaciones y comunicaciones que las partes se dirijan y los mismos subsistirán mientras no sean modificados y la modificación comunicada a la otra parte por medio fehaciente.