• DATOS DEL ORGANIZADOR

IÚNIGO ARGENTINA CIA DE SEGUROS S.A, CUIT 30-71180297-1, Inscripción en SSN N° 0823, (en adelante, y de manera indistinta, EL «ORGANIZADOR» o «IÚNIGO»), con domicilio en la calle Vedia 3892, piso 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha organizado la promoción denominada «BENEFICIO UBI» (en adelante «EL BENEFICIO”) con el objeto de otorgar una bonificación por un uso menor comprobable que hagan los clientes de su vehículo. Se deja expresa constancia que en el BENEFICIO UBI no interviene el azar. Asimismo, la participación en EL BENEFICIO implica el conocimiento y la aceptación de estas bases y condiciones (en adelante, las «BASES»).

  1. ÁMBITO TEMPORAL Y ESPACIAL

2.1 EL BENEFICIO UBI será válido en todo el territorio AMBA (Área Metropolitana de Buenos Aires,  República Argentina) y estará vigente desde el 01/05/2020 hasta el 30/08/2020, en las condiciones que se detallan a continuación (en adelante, la «VIGENCIA»).

  1. BENEFICIARIOS

3.1 Serán beneficiarios del BENEFICIO UBI las personas físicas que hubieren contratado un Plan Iúnigo Más para su vehículo, y que a la fecha de LA PROMO cuenten con una antigüedad mínima de un mes en la cartera vigente de IÚNIGO.

3.2 Podrán participar del BENEFICIO todas las personas humanas, mayores de 18 años de edad domiciliadas en el TERRITORIO que cumplan los requisitos detallados en el punto 4 –Mecánica de participación- de estas BASES.

  1. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN. 

4.1 BONIFICACIÓN UBI POR TRES MESES: los clientes de iúnigo que hayan contratado el Plan iúnigo MÁS podrán acceder a un descuento parcial de su cuota mensual, dependiendo del nivel de uso del vehículo durante ese período. El tope mensual de bonificación es del 45% del valor total del plan (si el vehículo directamente no fuera utilizado por el cliente). En caso de que el cliente supere los 1000 (mil) kilómetros en el uso de su vehículo, la tarifa no será bonificada y no será aplicable el beneficio en ese período, debiendo abonar la cuota con normalidad. En ningún caso la cobertura contratada será modificada o reducida. 

4.2. Para que el BENEFICIO UBI sea efectivo, el cliente deberá remitir por el canal que iúnigo determine, dos fotos del tablero del vehículo asegurado, que permitan constatar los números del odómetro al iniciar y al finalizar el mes o período que se trate: una foto al tiempo de acceder al BENEFICIO UBI (y hasta 3 días corridos posteriores), y la otra foto al cumplirse el mes, con la siguiente ventana de tiempo: 3 (tres) días antes y hasta 3 (tres) días después de finalizado el mes de contratación (se aprecia que en este caso tiene un margen total de seis días para enviar la foto final). También se le solicitará que informe por escrito, junto a la foto, el kilometraje observado. El proceso se repetirá todos los meses bajo las mismas condiciones, mientras dure el otorgamiento del beneficio. En todos los casos, su eficacia dependerá del correcto envío y recepción. Surtirá los efectos jurídicos de un acto recepticio. iúnigo se reserva el derecho de evaluar y verificar la procedencia del beneficio recién luego de recibir las fotos.

4.3. Las fotos deberán posibilitar la medición y cálculo de la diferencia existente entre el kilometraje al inicio del mes y antes de finalizar el período.

4.4. Las imágenes mencionadas en el apartado anterior deberán mostrar el odómetro con claridad. Deberán tener suficiente nitidez y luminosidad para ser tomadas como prueba, a los fines de determinar la correcta medición sobre la distancia recorrida en el período del que se trate. 

4.5. Imposibilidad del envío de fotos. Si por cualquier motivo el cliente no puede enviar sus fotos o las mismas no resultan suficientes, a los fines de conservar el beneficio, iúnigo se reserva el derecho de pedirle al cliente que a través de la App envíe la foto de una nota manuscrita donde explique los motivos que justifican su situación. Este proceso reviste carácter excepcional y no podrá utilizarse más de una vez. La nota surtirá los efectos de una declaración jurada y no podrá ser rectificada. Al mes siguiente, el cliente sólo podrá mantener su beneficio mediante el envío de fotos.

4.6. La bonificación se determinará en función de la diferencia entre el kilometraje de inicio del período y al cumplirse el mes. El cliente lo verá reflejado en la cuota inmediata posterior.

4.7. El cliente podrá solicitar el beneficio en todos los planes iúnigo Más que haya contratado. Iúnigo analizará el pedido y el otorgamiento estará sujeto a disponibilidad.

4.8. El beneficio mantiene la cobertura contratada durante todo el período. Su otorgamiento no implica bajo ninguna circunstancia la transformación, renovación, refacturación y/o modificación alguna en las condiciones y obligaciones convenidas en la póliza original.

4.9. La veracidad de la información transmitida por el cliente a iúnigo será de la entera responsabilidad de los mismos. Transmitirla falsamente o incompleta se considerará como un incumplimiento a los términos de uso, reservándose iúnigo el derecho a cancelar la prestación de sus servicios y a dar por terminado anticipadamente el presente beneficio y/o el contrato de seguro, sin responsabilidad alguna para iúnigo.

4.10 Los clientes que no reporten su odómetro en los tiempos especificados en el apartado 4.2, imposibilita el cálculo de la bonificación, y en consecuencia habilita automáticamente a iúnigo para el cobro del monto total de la cuota de manera habitual, perdiendo el beneficio para ese período. 

4.11. Para calcular la bonificación iúnigo partirá de un kilometraje mensual promedio esperado por vehículo de 1000 (mil kilómetros). Si el vehículo llegara a usarse más de 1000 km por mes, la tarifa no será modificada debido al uso, y no existirá bonificación a aplicar en ese mes.  

4.12. El beneficio procede siempre que se hubiere emitido la póliza correspondiente, y el cliente hubiere finalizado con éxito la inspección previa obligatoria de su vehículo, a través de la App o de manera presencial. 

  1. Quedan excluidos del BENEFICIO aquellos clientes que:
  2. i) hayan contratado un plan distinto a iúnigo Más. 
  3. ii) Hayan contratado un plan iúnigo Más y hubieran dado de baja el mismo dentro de los 30 treinta días contados desde el inicio de vigencia del beneficio.

iii) No hayan enviado las fotos de su tablero y/o odómetro en el tiempo, con excepción de lo establecido en la cláusula 4.5: “Imposibilidad del envío de fotos”. 

  1. iv) En caso de imposibilidad de enviar fotos, no hubiera enviado el formulario de excepción establecido en el punto 4.5 de las presentes Bases y Condiciones. 
  2. v) Al tiempo de solicitar el beneficio, no cuenten con su inspección previa aprobada. 
  3. vi) Cambio de la cobertura contratada. El presente beneficio sólo aplica al Plan iúnigo Más, no podrá conservarse en caso de elegir un plan distinto.

viI) Cuando registren morosidad o a la fecha de la solicitud presenten un retraso en el pago de sus cuotas.  

5.1. Sin perjuicio de lo expuesto, iúnigo se reserva el derecho de definir el otorgamiento del beneficio.

5.2. El beneficio no resulta combinable con otros descuentos existentes, canjeable por dinero ni tampoco acumulable con otras promociones y/o iniciativas vigentes.

6.TRATAMIENTO DE DATOS. ACEPTACIÓN DE BASES Y CONDICIONES.

iúnigo tiene conocimiento de la Ley N° 25.326 y normativa complementaria y se compromete a cumplir con la misma. La participación en el BENEFICIO UBI implica que el CLIENTE presta su consentimiento, en los términos exigidos por la Ley 25.326, para que los datos proporcionados sean objeto de tratamiento automatizado e incorporados a la base de datos de titularidad de IÚNIGO ARGENTINA CIA DE SEGUROS S.A., aceptando que tales datos sean utilizados por EL ORGANIZADOR y sus eventuales cesionarios, para acciones de marketing directo y/o fines publicitarios. El titular de los datos podrá requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. LA DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, Órgano de Control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

  1. FACULTADES DEL ORGANIZADOR

7.1. El incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las condiciones previstas en estas BASES y en la legislación vigente, facultará a EL ORGANIZADOR a excluirlo del BENEFICIO UBI y/o a denegar el BENEFICIO.

7.2. EL ORGANIZADOR se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que estime procedentes en el caso de detectar alguna irregularidad con relación al desenvolvimiento del CLIENTE en relación con estas BASES.

8.CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

8.1 Cuando circunstancias no imputables a IÚNIGO o ante episodios configurados o asimilables a caso fortuito o de fuerza mayor debidamente justificado, o si el beneficio se tornase excesivamente oneroso para EL ORGANIZADOR, tendrá derecho a suspender y/o modificar el beneficio.

  1. DISPOSICIONES FINALES

9.1. Cualquier duda sobre el alcance del beneficio podrá ser realizada por cualquier canal de comunicación habilitado por iúnigo en la póliza, especialmente al teléfono   011-4171-4211, de Lunes a Viernes de 9:00 a 18:00 hs.

9.2. No podrán participar de LA PROMO empleados, ni directivos del ORGANIZADOR, ni de sus sociedades controladas o vinculadas, ni los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días anteriores al de la fecha de comienzo del BENEFICIO.

  1. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

10.1 Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización de LA PROMO y/o de las previsiones de estas BASES, los CLIENTES y EL ORGANIZADOR se someterán a la ley de la República Argentina y a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Comerciales con asiento en la ciudad de Buenos Aires.

  1. DOMICILIOS

11.1 Para todos los efectos emergentes del BENEFICIO UBI, iúnigo constituye domicilio en la calle Vedia 3892, piso 1°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los clientes en los domicilios declarados oportunamente, que se hayan consignados en la PÓLIZA.

11.2 En dichos domicilios serán válidas y eficaces todas las notificaciones y comunicaciones que las partes se dirijan y los mismos subsistirán mientras no sean modificados y la modificación comunicada a la otra parte por medio fehaciente.