¡7 años rodando juntos! – Ganate una Bici Eléctrica

  1. La participación en el presente sorteo denominado “¡7 años rodando juntos! – Ganate una Bici  Eléctrica” (en adelante, el “Sorteo”), y organizada por SAN CRISTOBAL S.M.S.G., CUIT: 34- 50004533-9, con domicilio legal en Avda. Córdoba 948, Capital Federal, C.P. 1054 debidamente  autorizada por la Superintendencia de Seguros de la Nación (en adelante, el “Organizador”),  implica el total conocimiento y aceptación de las siguientes bases y condiciones (en adelante, las  “Bases”), como así también los procedimientos o sistemas establecidos por el Organizador. 

1.1. Podrán participar en el presente sorteo, todos los habitantes de la República Argentina,  mayores de 18 años, que no sean empleados del Organizador y tengan un seguro contratado  en iúnigo. 

  1. La vigencia del Concurso será desde el día 01/09/2025 al 30/09/2025, ambas fechas inclusive, en el territorio de la República Argentina.  
  2. Quienes deseen participar (en adelante el “Participante” y/o los “Participantes”) deberán cumplir  las siguientes condiciones mínimas: 
  • Tener un seguro contratado en iúnigo una marca de San Cristóbal, con su cuota al día y  que hayan recibido la invitación a participar del sorteo a partir del correo electrónico  correspondiente. 
  • Deberán ingresar al sitio web de ClubGSC (https://www.clubgsc.com.ar/) y loguearse en él para ser un usuario activo.

En caso de hacerlo más de una vez, esas repeticiones no se sumarán chances para el sorteo. Se  deberán completar obligatoriamente todos los campos. 

  1. Cada persona que complete el proceso arriba establecido, tendrá una (1) chance para participar  del sorteo. Se deja expresa constancia que, bajo esta mecánica, todos los Participantes reciben  los mismos derechos. 
  2. El día 2 de octubre de 2025 ante escribano público, se realizará el sorteo, en la calle Av. Cordoba  948 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a las 11 horas. 

Premio: Un (1) Bicicleta Eléctrica Mountain Bike SLP E-Bike EM-2 

5.1 El ganador se elegirá a través de una plataforma gratuita de selección aleatoria de participantes donde se ingresarán los requisitos que deben cumplir los participantes para resultar elegidos. 

5.2. El sorteo no está patrocinado, administrado, ni asociado con Instagram inc. Al entrar cada  participante confirma que tiene más de dieciocho (18) años, y libera a Instagram Inc de  responsabilidad. 

5.3 El Organizador podrá sortear Participantes “Suplentes” del Potencial Ganador para el caso  que uno o más de los Participantes elegidos Potenciales Ganadores no cumpliera con las  condiciones que para la asignación de los Premios se establecen en estas Bases. La elección de 

los Participantes “Suplentes” no obligará al Organizador a asignar Premios a dichos Participantes  ni a realizar respecto de ellos el proceso tendiente a su asignación. 

5.4. Cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que  constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen el Organizador podrá modificar, reemplazar  o sustituir los Premios por otros de similares o superiores características y prestaciones que las  descriptas en estas Bases. En ningún caso se disminuirá el programa de premios, ello en cuanto  a cantidad, tipo y calidad de premio. 

  1. Los Potenciales Ganadores de los Premios serán notificados de su carácter de tales,  exclusivamente a su casilla de Instagram por mensaje privado, dentro de los cinco (5) días hábiles  de realizado el Sorteo en el que resultaron seleccionados. En ningún caso, el Organizador tendrá  obligación alguna de contactarse con los Potenciales Ganadores por otros medios distintos a los  indicados precedentemente, aún cuando el Organizador reciba una respuesta generada  automáticamente de error. A los fines de la Promoción serán válidas todas las notificaciones  realizadas por el Organizador por el medio antes indicado.  
  2. El Potencial Ganador de los Premios deberá reclamar la asignación del mismo, dentro de los  cinco (5) días de notificados, presentándose en Av. Córdoba 948 de lunes a viernes hábiles en el  horario de 9 a 17 horas.  

8 La falta de reclamo del Premio y/o de acreditación de los requisitos para tener derecho a la  asignación del mismo y/o la negativa injustificada a presentarse a sesiones de fotografía y  filmación que eventualmente les requiera el Organizador, en la forma y dentro del plazo antes  establecido, le hará perder, automáticamente y de pleno derecho, al Potencial Ganador del Premio  el derecho a su asignación y a todo reclamo, compensación y/o indemnización. En este supuesto,  el Organizador podrá proceder a notificar a su respectivo Suplente a los fines de iniciar el proceso  tendiente a la asignación, y en su caso, entrega del Premio.  

  1. Queda expresamente establecido que a efectos de la asignación, y en su caso, la entrega de  los Premios, los Potenciales Ganadores deberán concurrir personal y puntualmente, en la fecha y  horario convenido con el Organizador, munidos del original de su documento de identidad y de  una fotocopia del mismo, en las locaciones que se identifican en el punto 7. 
  2. Contra la entrega del Premio, el Ganador deberá suscribir el correspondiente recibo de  conformidad, prestar el consentimiento con las presentes bases y condiciones.  
  3. El Premio serán entregado dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos computados desde  la fecha de determinación del Ganador. 
  4. En caso que el Potencial Ganador de un Premio no se presentare en el lugar y en la  oportunidad correspondientes, y/o no exhibiera su documento de identidad y/o no entregara una  fotocopia del mismo perderá, automáticamente y sin derecho a reclamo, compensación o  indemnización alguna el derecho a la asignación del Premio – el cual se considerará como premio  no asignado y, por lo tanto, vacante – el que, en tal supuesto, quedará en poder del Organizador  quien determinará el destino que se le dará. 
  5. El Premio asignado y no reclamado por su Ganador, en la forma y plazo establecido en estas  Bases, si los hubiere, quedaran a disposición del Organizador.  
  6. La responsabilidad del Organizador finalizará con la puesta a disposición del Premio a sus  respectivos Ganadores una vez notificados los mismos.

15 El Premio no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de los indicados en estas  Bases. Los Premios son personales e intransferibles y en ningún caso podrá solicitarse su  reemplazo ni sustitución por dinero en efectivo u otros bienes, servicios o prestaciones distintas  de las indicadas en estas Bases, aún cuando, por cualquier circunstancia, su Ganador no pudiera  recibir, utilizar y/o aprovechar el Premio.  

  1. Quedará a cargo del Ganador el pago de todo gasto, impuesto, sellado y arancel de cualquier  naturaleza (entre otros, movilidad, estadías, recepción, y/o cualquier otro gasto) en que incurran  para reclamar el Premio y/o para asignar y retirar su Premio y/o por el hecho del ofrecimiento del  Premio, incluyendo, aunque no limitado exclusivamente a, gastos derivados del traslado hacia al  lugar en que el mismo sea entregado. 
  2. Quienes participen de la Promoción autorizan al Organizador a utilizar y difundir sus datos  personales, así como también cualquier fotografía, retrato o reproducción de cualquier tipo que el  Organizador pudiera efectuarles al momento de la entrega del Premio, con fines comerciales y/o  publicitarios en los medios y formas que el Organizador considere conveniente, sin derecho a  compensación de ninguna especie o a efectuar reclamo alguno, sirviendo su participación con  expreso consentimiento en los términos de la normativa vigente, hasta los tres (3) años de  finalizada la Promoción. Asimismo, la participación en la Promoción implica el consentimiento  expreso de cada Participante para recibir información comercial de parte del Organizador por la  vía que este considere pertinente, excepto en el caso de los Ganadores que hubieren indicado al  Organizador que no desean recibir información de los productos y servicios que comercializa. 
  3. La participación en la Promoción implicará el otorgamiento del consentimiento previsto en los  artículos 5° y 11° de la Ley 25.326 por parte de los Participantes. 
  4. Por el solo hecho de participar en la Promoción, los Participantes (i) garantizan que son los  únicos y exclusivos responsables de la Información Personal brindada y (ii) se obligan a mantener  indemne al Organizador de las consecuencias de cualquier reclamo de que éstos pudieran ser  pasibles con relación a o con motivo de la divulgación de tales datos. 
  5. La probabilidad de ganar un Premio dependerá de la cantidad total de Participantes. Ej. Si se  registran 1000 participantes, la probabilidad será de 1 en 1000 chances de ganar 
  6. Cada divergencia o conflicto suscitado en el marco de la presente Promoción, será sometido  y resuelto, ante los Tribunales Ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con  competencia en la materia, destacando que se considerará dentro de dicha jurisdicción a los  Participantes, a partir de su participación en la presente Promoción y por lo tanto su aceptación de  las presentes Bases.